Un Prestador de Servicios de Generación de Comprobante Fiscal Digital a tráves de Internet del Sistema Producto (PSGCFDISP) se trata de una persona moral que se forma como una asociación o cualquiera de sus formas, donde reúne a productores y comercializadores agrícolas, pecuarias o pesqueras de conformidad con el esquema denominado Sistema Producto que se prevé en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, y que posee autorización del SAT para generar y expedir Factura Electrónica (CFDI) a sus agremiados.
¿Cuáles son las obligaciones de los PSGCFDISP?
Aquellas que se desarrollen como organizaciones, comités, organismos ejecutores o asociaciones que reúnan a productores y comercializadores agrícolas, pecuarias o pesqueras que deseen operar como PSGCFDISP tendrán que cumplir presentando la “Solicitud de autorización a personas morales constituidas como organizaciones, comités, organismos ejecutores o asociaciones que reúnan a productores y comercializadores agrícolas, pecuarios o pesqueros de conformidad con el esquema Sistema Producto previsto en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para operar como PSGCFDISP” contenida en el Anexo 1-A.
Asimismo, será obligación cumplir con los requisitos que siguen:
- Guardar absoluta reserva de la información de los CFDI del Sistema Producto generados.
- Tramitar un CESD que será de uso exclusivo para la generación y emisión de CFDI del Sistema Producto de los enajenantes.
- Asignar a cada comprobante emitido un folio irrepetible.
- Asignar a los CFDI del Sistema Producto emitidos las siglas de identificación definidas y publicadas por el SAT en su página de Internet para cada PSGCFDISP, las cuales se incluirán dentro de cada CFDI del Sistema Producto emitido en el atributo “serie”.
- Validar que la clave en el RFC del enajenante se encuentre inscrita efectivamente ante el citado registro y pueda emitir sus comprobantes bajo esta facilidad.
- Poner a disposición de los contribuyentes los medios para que éstos, puedan consultar y descargar los CFDI del Sistema Producto solicitados.
- Generar y emitir los CFDI del Sistema Producto de los enajenantes, cumpliendo los requisitos que se establecen en los rubros I.A. “Estándar de comprobante fiscal digital a través de Internet” y I.B. “Generación de sellos digitales para comprobantes fiscales digitales a través de Internet”, ambos del Anexo 20.
- Al CFDI del Sistema Producto se deberán integrar los siguientes datos:
- Folio asignado por el SAT
- Fecha y hora de incorporación del folio
- Sello digital del CFDI
- Número de serie del certificado digital del PSGCFDISP en el que se incorporó el folio al CFDI
- Sello digital del PSGCFDISP
- Tener en todo momento a disposición del SAT, previo requerimiento, el acceso remoto o local a las bases de datos donde se resguarde la información de los CFDI del Sistema Producto emitidos.
- Prestar el servicio de generación y envío de CFDI del Sistema Producto exclusivamente a integrantes del Sistema Producto previsto en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
- Deberán enviar al SAT de manera inmediata los CFDI del Sistema Producto generados en su formato electrónico XML.
Por otra parte, los PSGCFDISP en el mes de enero de cada año tendrán que presentar el aviso por medio de la página de Internet del SAT, en el que bajo protesta de decir verdad, declaren que siguen reuniendo los requisitos para ser PSGCFDISP.
Los PSGCFDISP para poder brindar sus servicios deberán usar el SOLCEDI, para generar el CESD.
Características de los CFDI de PSGCFDISP
Para los efectos del artículo 29, último párrafo, las representaciones impresas del CFDI del Sistema Producto emitidas por los PSGCFDISP, deberán contener lo siguiente:
- La cadena original con la que se generó el sello digital.
- El sello digital generado a partir del CESD del PSGCFDISP que generó el comprobante.
- El número de serie del CESD del PSGCFDISP.
- La leyenda: “Este documento es una representación impresa de un CFDI del Sistema Producto”.
- La Hora, minuto y segundo de expedición
- La Serie que corresponderá a las siglas de identificación definidas para cada PSGCFDISP.
- El área para plasmar la firma autógrafa o huella digital del productor con la siguiente leyenda “Acepto de total conformidad y bajo protesta de decir verdad que los datos asentados son verídicos”.
- El Código de barras generado conforme a las especificaciones técnicas que se establecen en el rubro I.E. del Anexo 20.
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