Incompatibilidad tecnológica y graves fallas técnicas ponen contra la pared a los contribuyentes.

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No solamente el DeclaraSAT, software para presentar la declaración anual de personas físicas, sale el mismo día en que inicia el período de vencimiento de esta obligación, además, este no es compatible con el sistema operativo que utilizan aproximadamente un 30% de los equipos computacionales en México.

Al momento de instalar el DeclaraSAT, el instalador valida que el equipo cuente con el navegador “Internet Explorer” (IE) en su versión 9. Si el instalador no detecta que el equipo cuenta con esta versión el navegador, sugerirá su instalación antes de continuar. Si este explorador no se tiene, o se tiene pero su versión no es igual o superior a la 9, el sistema simplemente no se instalará.

Ahora bien, en los equipos que corren sobre el sistema operativo Windows XP, no es posible instalar el navegador IE 9 o alguna versión superior, lo que hace imposible instalar el DeclaraSAT.

En estos casos, los contribuyentes quedan con la opción de utilizar el DeclaraSAT en línea; es decir directamente en la página de Internet del SAT, pero teniendo presente que este únicamente funcionará si se utiliza con navegadores como FireFox o Chrome, ambos en su versión 25 o posterior, ya que el DeclaraSAT en línea tampoco correrá sobre un IE anterior a la versión 9.

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Varias preocupaciones surgen de esta situación:

  1. La falta de previsión y planeación de la autoridad en cuanto al uso de tecnología. Para algunas de sus aplicaciones que corren en plataformas Java se requiere tecnología atrasada, inclusive la misma autoridad siguiere –muy criticablemente- a los contribuyentes no actualizar su tecnología, pero para otras, como ésta, a días del vencimiento de la obligación, exige tecnología reciente.
  2. El evidente desconocimiento por parte de la autoridad de la penetración del Internet y tecnologías computacionales que se usan en México. Un 30% de los equipos aún utilizan Windows XP, en consecuencia, tiene un navegador inferior a IE 9, quedando excluidos de la posibilidad de utilizar el DeclaraSAT.
  3. La premura con que la autoridad realiza las cosas, sin respetar plazos legales y orillando a los contribuyentes a resolver problemas tecnológicos a contra-reloj, bajo la amenaza de multas y sanciones en caso de no cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales.
  4. La carga que se impone en el ciudadano al enfrentarlo a problemas tecnológicos que solamente especialistas en la materia podrían descifrar y, no en todos los casos, resolver.
  5. El estado de incertidumbre e indefensión en que los ciudadanos se encuentran ante la imposición del uso de tecnología cuyas implicaciones ni siquiera han sido evaluadas por la propia autoridad.

La peor parte de esta problemática no es conseguir la computadora adecuada, con la conexión a Internet adecuada, con el sistema operativo adecuado y con el navegador adecuado, sino que aun solventando estos obstáculos, los sistemas fallan de forma generalizada debido a errores técnicos y tecnológicos derivados de una deficiente o nula planeación por parte de la autoridad.

Para liberar un sistema de uso tan generalizado como son las aplicaciones del SAT, se requiere de una evaluación de la tecnología a utilizar, de un adecuado diseño de usabilidad y de una exhaustiva etapa de pruebas en diferentes ambientes y bajo diferentes condiciones; sin embargo, lo que los contribuyentes han experimentado en los últimos meses demuestra que estos elementos han estado ausentes.

De momento lo único que resta por hacer es, con la mayor anticipación posible, planear la forma de conseguir o de utilizar equipos que reúnan las características necesarias para ejecutar el DeclaraSAT y hacer las pruebas necesarias para asegurarse que el procedimiento completo de llenado, revisión y presentación de la declaración pueden completarse con éxito.

Mientras tanto, la autoridad debe recoger las observaciones de fallas que sean reportadas por los usuarios de estos sistemas y realizar las correcciones necesarias en el menor tiempo posible, ya que es su obligación proveer los medios adecuados para que los contribuyentes cumplan sus obligaciones fiscales sin contratiempos.