Los problemas técnicos para cumplir con esta obligación obligaron a la autoridad fiscal a extender el plazo hasta 2015

Las balanzas de comprobación de julio a diciembre de 2014, que forman parte de la contabilidad electrónica, se presentarán hasta enero de 2015, de acuerdo con el anteproyecto de la Tercera Modificación a la RMISC 2014, que el SAT publicó este miércoles en su página de Internet.

Por lo que respecta al catálogo de cuentas, este sí deberá presentarse en octubre, tal y como se había indicado anteriormente.

Asimismo se adiciona la regla I.2.8.9. la cual establece que:

  • forman parte de la contabilidad los papeles de trabajo relativos al cálculo de la deducción de inversiones, relacionándola con la documentación comprobatoria que permita identificar la fecha de adquisición del bien, su descripción, el monto original de la inversión, el porcentaje e importe de su deducción anual
  • el registro de los asientos contables se podrá efectuar dentro del mes siguiente a la fecha en que se realicen las actividades respectivas
  • de no contar con la información que permita identificar el medio de pago, se podrá incorporar en los registros, la expresión “NA”, en lugar de señalar la forma de pago, sin especificar si fue de contado, a crédito, a plazos o en parcialidades, y el medio de pago o de extinción de dicha obligación, según corresponda.

Para considerar que el asiento contable se hizo de manera oportuna, la diferencia entre la fecha de emisión del CFDI y la del registro no debe exceder de un mes.

La pregunta final es clara… ¿Es el contribuyente que se ha ganado la prórroga para adaptarse al cambio, o es el SAT que necesita más tiempo para poner a tope sus sistemas?