Desde hoy está en vigencia el nuevo sistema de declaraciones y pagos de Persona Física en el Sistema de Declaraciones y Pagos del SAT. Como recordamos, anteriormente si quisimos pagar no pudimos y en este sentido, no nos permitió capturar ninguna información.
La respuesta a ello lo ofrece el mismo SAT ha anunciado que las Personas Físicas a partir del ejercicio 2014 tengan un sistema particular para sus declaraciones mensuales desde otra plataforma.
http://www.youtube.com/watch?v=OCYs9KCNndg
Nuevo Sistema de Declaraciones para Asalariados
Para la declaración anual de todas las personas físicas que vence el próximo 30 de abril, y la aplicación para que los asalariados la presenten ya se encuentra disponible en el portal del SAT.
Entonces, los asalariados que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal 2013 y resulten con saldos a favor tendrán la devolución de su importe en cinco días. De esta manera se acorta bastante el tiempo que llegaba a ser entre 10 y 15 días.
¿Cómo ingresar a este sistema?
Para poder usar el Sistema de Declaraciones para Asalariados tendrá que ingresar al portal del SAT y dirigirse a la sección de “Trámites”, allí tendrá un menú del cual elegirá el tipo de operación, en este caso “Declaraciones”. Luego se desplegará un menú intermedio que muestra opciones de declaraciones de las cuales seleccionaremos “Anuales”, para finalmente hacer clic en el botón de “Asalariados 2013″. Una vez allí, aparecerán dos campos para ingresar nuestros datos: RFC y Contraseña (también hay opción de entrar con Fiel), y con ello accederemos al sistema.
Nuevo Sistema de Declaraciones y Pagos para Personas Físicas en 2014
Es importante tener un nuevo sistema del SAT para la presentación de las declaraciones y pagos de personas físicas, que tendría que ser de índole simplificada, porque recordemos que aquí dentro se encontrarán todos los nuevos contribuyentes y Repecos que ahora están en el Régimen de Incorporación Fiscal.
Desde esta semana se encuentra disponible la aplicación para que las personas físicas con actividad empresarial, honorarios y arrendamiento, pueden presentar su declaración mensual de enero y febrero.
La autoridad fiscal explicó que con el propósito de facilitar el cumplimiento de esta obligación, se mejoró la herramienta dispuesta en el portal de Internet.
Se espera que se publique la regla que amplía el plazo para que las personas físicas presenten las declaraciones mensuales de enero y febrero a más tardar el 31 de marzo, sin resultar aplicable mayor extensión de acuerdo a su día de nacimiento.
¿Cuándo presentar el pago provisional de Enero 2014?
Recordemos que, el SAT ha dado una prórroga hasta el mes de marzo de 2014 y a más tardar el 17 de dicho mes, tanto para los pagos de enero como de febrero, aunque cada una debe efectuarse por separado.
Deja tu comentario