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Diferimiento de la contabilidad electrónica: ¿Vigente?
¿Qué sucedió con el diferimiento del envío de la contabilidad al SAT?" en la que se aborda la problemática de que la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2015 no contempla el diferimiento de la obligación de la contabilidad electrónica y su envío al Servicio de Administración Tributaria (SAT). Derivado de la falta de normas aplicables en 2015 que prevean este diferimiento, los contribuyentes se ubican en un estado de incertidumbre, al no tener reglas claras que precisen el inicio de esta obligación o las fechas de vencimiento. Diferimiento en la 7ª. Modificación a RMF 2014 En la Séptima Modificación a la RMF 2014, publicada el 18 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación, se establece un diferimiento tanto en la aplicación de algunas obligaciones relativas a la contabilidad electrónica, como en el inicio del envío de la información mensual de la contabilidad al SAT. Algunos contribuyentes iniciarían con este nuevo esquema en 2015, otros en 2016. No obstante esto, en la Resolución Miscelánea aplicable en 2015 no se hace mención alguna sobre este esquema de diferimiento, y es lo que ha generado dudas entre los contribuyentes. Las reglas para la contabilidad electrónica y su presentación están previstas en las reglas I.2.8.1.6. a I.2.8.1.9. de la Miscelánea de 2014, y su diferimiento se prevé en los Resolutorios Tercero y Cuarto de la Séptima Modificación referida anteriormente. Justificación de vigencia del diferimiento Ahora bien, el Segundo Transitorio de la Séptima Modificación a la RMF 2014, señala a la letra que "Lo dispuesto en las reglas I.2.8.1.6. a I.2.8.1.9., así como Tercero y Cuarto Resolutivos, resultará aplicable a partir del 1 de enero de 2015", lo que implica que a través de este transitorio se le da vigencia en 2015 al esquema de diferimiento mencionado. Esto implica que, no obstante que en la RMF 2015 no se hace mención del diferimiento, éste está vigente por la norma de la RMF 2014. Ahora bien, se tiene que el Transitorio Primero de la RMF 2014, publicado el 30 de diciembre de 2013, establece que esa resolución tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, por lo que es hasta esa fecha que las disposiciones son aplicables y que, en consecuencia, el esquema de diferimiento cuya vigencia se intenta traspasar al 2015, no puede estar vigente. Sobre este conflicto puede argumentarse que la norma posterior, que es el Segundo Transitorio de la 7ª modificación citada, prevalece sobre el Primero Transitorio de la RMF por ser esta última la disposición más antigua, y esto justificaría la vigencia del esquema de diferimiento de la contabilidad electrónica. Comentarios Esta forma de regular, con normas cuya vigencia se extiende más allá de la misma vigencia del ordenamiento donde se contienen, es una técnica que genera incertidumbre, por lo que no parece ser lo más recomendable para los intereses y el debido cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes. No obstante que estas normas puedan resultar jurídicamente suficientes para dar vigencia al referido diferimiento, no deja de ser ...
Emisión de CFDI de nóminas de 2014: Aún es posible
SAT presenta herramienta en -Mis Cuentas- para emitir estos comprobantes de forma retroactiva. De acuerdo con la legislación vigente, los contribuyentes tuvieron hasta el 31 de diciembre de 2014 para expedir los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) por sus nóminas correspondientes al ejercicio 2014. En algunos casos, para los pagos de fin de año, se habría tenido hasta el 3 de enero de 2015. Contar con un CFDI que ampare el pago por salarios y conceptos asimilados es un requisito de deducción, por lo que aquellos contribuyentes que no hubieran emitido estos comprobantes y que hubieran sido timbrados ya sea por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) directamente, o bien, a través de un tercero autorizado, estarían incumpliendo un este requisito esencial de deducción para sus nóminas de 2014. No obstante lo anterior, el 8 de enero de 2015 el SAT difunde un comunicado de prensa a través de su página de Internet en el que anuncia la puesta a disposición de los contribuyentes una herramienta dentro de la plataforma Mis Cuentas para emitir estos comprobantes, la cual puede ser utilizada de forma retroactiva. No se precisa en el comunicado si será posible emitir los comprobantes de forma retroactiva a través de otros medios. Únicamente se hace referencia a Mis Cuentas. Cabe aclarar que esta herramienta está disponible a través del sistema Mis Cuentas, por lo que es aplicable a personas físicas que obtienen ingresos por actividades empresariales y profesionales, por arrendamiento, los que realizan actividades ganaderas, silvícolas o pesqueras, para los que tributan en el régimen de incorporación fiscal, incluso para las asociaciones religiosas Por lo anterior, aquellos patrones que no hubieran podido emitir sus comprobantes de nómina en 2014, y que utilicen Mis Cuentas, aún tienen oportunidad de hacerlo a través de esta herramienta. A continuación se reproduce el comunicado. COMUNICADO DE PRENSA México, D.F., a 07 de enero de 2015 SHCP pone a disposición de los contribuyentes nuevo servicio para sellar de manera electrónica la nómina de los trabajadores Comunicado 005 La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informa que se puso a disposición de los contribuyentes un nuevo servicio gratuito para generar y sellar de manera electrónica la nómina de sus trabajadores, de manera fácil y rápida. Este nuevo servicio, disponible desde el 29 de diciembre pasado en el portal del SAT a través de la herramienta Mis Cuentas, permite calcular automáticamente el impuesto sobre la renta o el subsidio para el empleo, determinar automáticamente las cuotas al IMSS o las aportaciones al Infonavit y sellar de manera electrónica la nómina de forma semanal o quincenal, entre otras facilidades. A partir de 2014 con motivo de la reforma a las disposiciones fiscales, se hizo obligatorio para los contribuyentes sellar la nómina, es decir, que los pagos que se realizan por sueldos y salarios a los trabajadores deben tener el carácter de comprobante fiscal digital. Este nuevo sistema está disponible para personas físicas que obtienen ingresos por actividades empresariales y ...
11 buenas prácticas para redactar un mail profesional
Los correos electrónicos son un arma de información en las oficinas. De acuerdo con un estudio realizado por la Escuela de Computación Interactiva del Instituto Georgia Tech, un usuario de cuenta corporativa envía alrededor de 112 mails dentro de su jornada laboral. ¿Te suena familiar? Pero, ¿cuál es la forma correcta de escribir un mail profesional? Renata Roa, consultora en imagen Pública y Comunicación Facial, asegura que el “correo electrónico es una carta, que no tardará dos meses en llegar, pero sí necesita una estructura y desarrollo adecuado”. Para ello también existe un manual de buenas recomendaciones que tal vez deberías de poner en acción: 1. Pon atención en el título Es una recomendación de todo experto, y es que el subject o título es el que garantiza que te lean, te archiven o te excluyan. De acuerdo con la experta el título debe simplificar el objetivo del mail. El título debe ser específico y corto. Asimismo se recomienda utilizar la opción de respuesta automática al ser leído y la alerta de importancia, siempre y cuando la situación lo amerite. 2. El saludo debe ser atemporal “Uno de los grandes errores de los mails es saludar como si se estuviera hablando de manera directa. Cuando se habla de un ambiente laboral, el saludo ser atemporal, esto ayudará a tener un contacto personalizado, sin evidenciar cuándo se ha enviado”, indica la experta. Se recomienda saludos como: Querido…, Estimado…, Buen día…, entre otros. 3. El cuerpo del mail Evita hacer escritos inmensos, cuando hablamos de directivos o gerentes, quienes reciben más de 300 correos al día, es imposible leer mensajes tan largos. Es importante que te exijas simplificar información. La extensión adecuada de un mail no debe rebasar los tres párrafos. 4. Necesitas una despedida Aunque tengas prisa o creas que el mail no es tan formal, éste necesita una despedida. Los expertos aseguran que demuestra profesionalismo. Basta con un: Que tengas un buen día, Saludos cordiales, Agradeciendo tu atención o Saludos. 5. Utiliza firmas personalizadas Esto te facilitará el trabajo y te ahorrará tiempo, así como dar presentación y cuerpo al mail. Asegúrate de utilizar las opciones de firmas personalizadas. Todo servicio de mensajería vía mail tiene esta opción. 6.- Cuida tu ortografía Esto no es específico de un mail, cualquier profesionista debe tener sumo cuidado al momento de redactar cualquier documento, correo electrónico, mensajes de texto o estatus en redes sociales, es muy importante. Asegúrate de cuidar, también, la redacción, es importante para hacer llegar el mensaje tal cual. 7.- Elimina las conversaciones anteriores Cuando contestamos de manera rápida cometemos el error de no revisar los mails completos, sin embargo, en ocasiones adjuntar las conversaciones anteriores es innecesario, cuida que esto no suceda. Roa recomienda dejar las últimas dos, así sabrá el destinatario de qué trata, en caso de que se pierda un poco. 8.- CC y CCO Pon mucha atención a estas opciones, asegúrate de enviar la información a la persona adecuada, recuerda que los correos te permiten llenar ...
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