Grupo Inprosa
  • +52 833 139 6085

Despacho Contable, Fiscal y Servicios de Desarrollo Web en Tampico, Madero y Altamira2023-10-31T14:38:48-06:00

Integridad Profesional y Servicios Auxiliares

Somos un equipo empático de profesionales que genera cambios significativos junto a nuestros clientes. Analizamos, planificamos y documentamos estrategias para enfrentar un mercado en constante crecimiento. Compartimos conocimiento y capital humano para impulsar cambios, especialmente en momentos de actualizaciones regulatorias. Nos enfocamos en una personalidad integrada, equipo cohesionado y creatividad para alcanzar objetivos. Ofrecemos una experiencia de calidad.

Hola! Gracias por contactarnos.
Por favor, déjanos tu mensaje y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible. Si necesitas asistencia inmediata, por favor llámanos al número que aparece en nuestro sitio web. ¡Esperamos saber de ti pronto!

¡Bienvenidos a nuestro blog!

2507, 2014

Personas físicas ¿Cuándo presentan la contabilidad?

julio 25th, 2014|Fiscal, Información, Legislación y Normatividad|

Confusión por deficiente redacción de reglas.El Artículo 28 fracción IV del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que los contribuyentes ingresarán de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), de conformidad con reglas de carácter general que se emitan para tal efecto.De acuerdo con el Cuadragésimo Tercero Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2014 esta obligación de presentar la información contable se deberá cumplir a partir del 1 de julio de 2014.Para estos efectos, la Regla Miscelánea I.2.8.7. señala que los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, excepto los que utilicen la plataforma denominada “Mis Cuentas”, deberán presentar su balanza mensual a más tardar el día 25 del mes inmediato posterior tratándose de personas morales, y el día 27 tratándose de personas físicas. Esta regla entró en vigor el 5 de julio de 2014.Hasta aquí se tiene que tanto las personas físicas como las morales tendrían que iniciar la presentación de sus balanzas del mes de julio, a más tardar en el día que les corresponda en el mes de agosto.A través del Décimo Tercero Transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada el 4 de julio de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, indica que lo dispuesto en la Regla I.2.8.7. es aplicable para las personas morales a partir de julio de 2014, pero considerando el calendario de presentación siguiente:      Hasta aquí se tiene que las personas morales pueden iniciar la presentación de su información hasta el mes de octubre; sin embargo, la regla no hace referencia a las personas físicas, ni establece ningún plazo para extendido para el inicio de esta obligación.El último párrafo de este transitorio señala que la información referente a las balanzas de comprobación correspondiente a los meses del ejercicio 2015, deberán ser enviados por las personas físicas y morales conforme a los plazos establecidos en la regla I.2.8.7. No obstante esto, no se indica qué sucede para el caso de las personas físicas por los meses de julio a diciembre de 2014, puesto que la obligación está vigente y no hay regla ni disposición que los releve de presentar la información.Ahora bien, a través de diversos medios de comunicación no especializados se ha expresado que las personas físicas comenzarán a presentar sus balanzas hasta el ejercicio 2015, y que por 2014 no tendrán esta obligación. Inclusive algunos medios citaron al Jefe del SAT expresando esto; sin embargo, como se ha indicado, no hay regla que establezca con precisión este tratamiento para personas físicas.De lo anterior se desprende que la intención de la autoridad es que las personas físicas comiencen a presentar sus balanzas hasta el ejercicio 2015; sin embargo, las disposiciones oficiales vigentes al día de hoy, no establecen esto con precisión ni claridad, por lo que resulta necesaria la precisión de estas disposiciones para que los contribuyentes tengan la certeza jurídica de cómo proceder con esta obligación.

2507, 2014

Catálogo de cuentas vs. Código Agrupador: Resultado cuestionable

julio 25th, 2014|Fiscal, Información, Legislación y Normatividad|

Agrupaciones de subcuentas en contabilidad, difícilmente empatarán con Código Agrupador.Aunque es hasta el mes de octubre que los contribuyentes deben presentar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) su catálogo de cuentas en formato XML, es desde este momento que las empresas están trabajando en llevar a cabo todos los cambios y ajustes necesarios tanto a sus sistemas de contabilidad como a sus procesos administrativos.Una de las obligaciones relativas al XML del catálogo de cuentas, es que a las cuentas del catálogo del contribuyente se les asigne el Código Agrupador de cuentas del SAT, contenido en el Apartado B del Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal. De acuerdo con este anexo, cada cuenta que se informe se debe relacionar con un código agrupador.Cada empresa diseña y lleva su contabilidad según sus necesidades y prácticas administrativas, atendiendo a sus requerimientos de información, y según la utilidad o practicidad qué esta le pueda dar, equilibrando el detalle y la multiplicidad de los datos con los requisitos de utilidad y finalidad de la información. Esto implica que cada empresa diseña su propio catálogo de cuentas atendiendo a los elementos referidos anteriormente.Ahora bien, el Código Agrupador de Cuentas del SAT está basado en un catálogo de cuentas y subcuentas que no necesariamente empata con las agrupaciones que los contribuyentes hacen de sus cuentas, lo que representa un problema en la organización de los datos. Como ejemplo se tiene este extracto de un catálogo de cuentas, en la sección de gastos, a los cuales se les asigna el código agrupador que mejor coincide con el concepto:Como puede apreciarse, las subcuentas de una misma cuenta de mayor en la contabilidad se ubican en diferentes categorías del Catálogo Agrupador, lo que propicia que no todas las subcuentas que pertenecen a una cuenta de mayor se agrupen juntas en el Código Agrupador. Aunque éste es únicamente un extracto de una sección del catálogo, lo normal será que la discrepancia se presente en el resto de las cuentas.Esta discrepancia de la información provocará que cuando se presenten las balanzas de comprobación en formato XML, si el SAT agrupa las cuentas según su catálogo, las sumas serán diferentes, lo que provocará que la información con la que cuente el SAT sea imprecisa y de muy cuestionable utilidad.Cabe aclarar que no es obligación del contribuyente el adaptar sus cuentas o su catálogo de cuentas al establecido por el SAT en su catálogo agrupador. La obligación del contribuyente se limita únicamente a asignarle a sus cuentas el código agrupador. Las empresas no tienen necesidad de llevar a cabo cambios a su catálogo de cuentas el cual, se reitera, atiende a las necesidades de cada empresa en lo particular.

2507, 2014

CFDI para cuotas obrero-patronales IMSS

julio 25th, 2014|Información, Legislación y Normatividad, Seguro Social|

A partir de ahora podremos obtener un Comprobante Fiscal Digital (CFDI) por nuestros pagos de cuotas obrero patronales en forma individualizada.De esta manera, a través del programa o línea de capturaSIPARE o archivo SUA, podremos obtener el CFDI para cuotas obrero-patronales.Además, la forma de hacernos de estos CFDI es muy fácil: ingresamos a SIPARE y elegimos la opción “Comprobante Fiscal”.Desde esta semana, si ingresamos al Sistema de Pago Referenciado (SIPARE) del Instituto Mexicano del Seguro Social veremos que aparece la opción para la emisión del Comprobante Fiscal Digital por el pago de Cuotas Obrero-Patronales.Dentro del SIPARE veremos el mensaje indicando que:“Si realizaste el pago de cuotas obrero patronales en forma individualizada, por línea de captura SIPARE o archivo SUA, sólo ingresa a SIPARE y elige la opción “Comprobante Fiscal”.Por ahora no hay posibilidad de verlos en concreto, pero ya aparecerán seguramente. Hay que darle tiempo al IMSS.

  • ¡La solución para tu Negocio!

Contables Y Fiscales

Estamos comprometidos en brindarle asesoramiento personalizado y soluciones financieras adaptadas a las necesidades específicas de su negocio. Nuestro equipo altamente capacitado se encarga de todas las obligaciones contables y tributarias para que pueda enfocarse en hacer crecer su empresa. Trabajamos con clientes en toda la región para ayudarles a alcanzar sus metas financieras y lograr el éxito empresarial.

Servicios Contables y Fiscales en Tampico, Madero y Altamira.

  • ¡Innovacion, Eficiencia y Soluciones!

Desarrollo de Software y Soluciones TI

¡Nos enorgullece ofrecer soluciones innovadoras y eficientes a nuestros clientes! Nuestro equipo altamente capacitado se enfoca en comprender las necesidades específicas de su negocio para brindarle soluciones personalizadas que mejoren su eficiencia y productividad. Ofrecemos una amplia variedad de servicios, incluyendo diseño web, aplicaciones móviles, soluciones empresariales y más.

Estamos comprometidos en ayudarlo a hacer crecer su empresa a través de nuestras soluciones de software y TI.

  • Nos adaptamos a tus necesidades..

Servicios Auxiliares

Son servicios complementarios que se brindan para apoyar a las actividades principales de una empresa u organización. Estos servicios pueden variar según el tipo de empresa u organización, pero su objetivo común es mejorar la eficiencia y la productividad de la empresa.

¿Por qué elegir a GrupoInprosa como tu amigo confiable?

Como una empresa joven, nos esforzamos por destacarnos en el mercado con un enfoque innovador y un compromiso constante con la calidad. Ofrecemos una amplia gama de servicios que incluyen contabilidad, fiscal, desarrollo de software y servicios auxiliares, para cubrir todas las necesidades que puedan tener nuestros clientes.

Nuestro objetivo es ayudar a nuestros clientes a alcanzar el éxito empresarial y a lograr sus objetivos. Sabemos que cada cliente es único y por eso ofrecemos soluciones personalizadas y adaptadas a sus necesidades específicas.

We boost our clients to get more sales

Construimos relaciones..

Nos apasiona construir relaciones duraderas y sólidas con nuestros clientes. Creemos que al conocerte mejor, podremos brindarte soluciones personalizadas que se adapten a tus necesidades y te ayuden a alcanzar tus objetivos.

¡Estamos aquí para apoyarte en cada paso del camino!

Complementamos tus Procesos..

Estamos enfocados en ayudar a nuestros clientes a complementar sus procesos de manera efectiva y eficiente. Sabemos que cada empresa es única y tiene necesidades específicas, por lo que trabajamos codo a codo contigo para entender tus necesidades y brindarte soluciones a medida. Nos encanta ser un aliado estratégico en tu camino hacia el éxito.

¡Vamos juntos por más logros!

Hagamos que las cosas sucedan.

«¡Hola! ¿Necesitas ayuda? ¡Estamos aquí para apoyarte!

Chatea con nosotros ahora y comienza a resolver tus dudas o inquietudes de manera rápida y eficiente. Te aseguramos que seguiremos tu caso de principio a fin para asegurarnos de que obtengas una solución satisfactoria.

¡Empecemos a trabajar juntos!»

“Buscamos edificar relaciones estrechas con nuestros clientes involucrándonos en su estructura para tener conocimiento de la realidad de su negocio accionando siempre nuestra independencia profesional.”

GrupoInprosa

Socios, Asociados y Colaboradores.

Hola! Gracias por contactarnos.
Por favor, déjanos tu mensaje y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible. Si necesitas asistencia inmediata, por favor llámanos al número que aparece en nuestro sitio web. ¡Esperamos saber de ti pronto!