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Multas por no emitir CFDI
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que podrá aplicar multas que van desde 12,070 a 69,000 pesos a todos aquellos contribuyentes que no expidan facturas electrónicas desde el pasado primero de abril. Quiénes pueden ser sujetos a multas? Todos los contribuyentes que estén obligados a pagar sueldos a sus trabajadores y deban expedir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet por los pagos que realicen, así como todo aquel que se dedique a las ventas de bienes o prestación de servicios, pueden ser sujetos a multas por el SAT en caso de no expedir CFDI para comprobar estos ingresos. Asimismo, las sanciones también pueden aparecer en el caso de que las facturas no cumplan con los requisitos de las disposiciones vigentes. Los contribuyentes que no emitan CFDI estarán dentro de las multas y sanciones varían de acuerdo al tipo de contribuyente o a la reincidencia, todo esto se menciona en el articulo 83 y 84 del CFF 2014: Artículo 83. Son infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad, siempre que sean descubiertas en el ejercicio de las facultades de comprobación o de las facultades previstas en el artículo 22 de este Código, las siguientes: (…) VII. No expedir, no entregar o no poner a disposición de los clientes los comprobantes fiscales digitales por Internet de sus actividades cuando las disposiciones fiscales lo establezcan, o expedirlos sin que cumplan los requisitos señalados en este Código, en su Reglamento o en las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria, así como no atender el requerimiento previsto en el quinto párrafo del artículo 29 de este Código, para proporcionar el archivo electrónico del comprobante fiscal digital por Internet. Artículo 84.- A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad a que se refiere el Artículo 83, se impondrán las siguientes sanciones: (…) IV. Para el supuesto de la fracción VII, las siguientes, según corresponda: a) De $12,070.00 a $69,000.00. En caso de reincidencia, las autoridades fiscales podrán, adicionalmente, clausurar preventivamente el establecimiento del contribuyente por un plazo de tres a quince días; para determinar dicho plazo, se tomará en consideración lo previsto por el artículo 75 de este Código. b) De $1,210.00 a $2,410.00 tratándose de contribuyentes que tributen conforme al Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta. En caso de reincidencia, adicionalmente las autoridades fiscales podrán aplicar la clausura preventiva a que se refiere el inciso anterior. c) De $12,070.00 a $69,000.00 tratándose de contribuyentes que cuenten con la autorización para recibir donativos deducibles a que se refieren los artículos 79, 82, 83 y 84 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 31 y 114 del Reglamento de dicha Ley, según corresponda. En caso de reincidencia, además se revocará la autorización para recibir donativos deducibles. ¿Cómo denunciar la no emisión de CFDI? De igual manera, con apoyo de autoridades del aeropuerto y de los 32 verificadores del SAT que están participando, se ubicará a otros establecimientos (aproximadamente 100) que no están dados ...
Calendario Impuestos Junio 2014
¿Cuándo vencen los impuestos en Junio 2014? Al igual que en los meses anteriores, relevamos y presentamos las fechas clave de vencimientos de impuestos para este mes. Los impuestos más relevantes son: Impuesto sobre la Renta (ISR) Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) Impuesto al Valor Agregado (IVA) Calendario Impositivo de Junio 2014 10 de Junio 2014 Presentar información mensual al SAT de depósitos en efectivo. Presentar información de las cuentas, los depósitos, servicios, fideicomisos, créditos o préstamos otorgados a personas físicas y morales, o cualquier tipo de operaciones, para efectos del cobro de créditos fiscales firmes o del procedimiento administrativo de ejecución. Desde el 13 de Junio 2014 Presentar dictamen fiscal, así como la demás información y documentación que corresponda o la Información Alternativa del Dictamen (SIPIAD), vía internet a través del Portal de internet del SAT, según el calendario que se señala a continuación, considerando el primer carácter alfabético de la clave del RFC; o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les corresponda: De la A a la F del 13 al 18 de junio de 2014. De la G a la O del 19 al 24 de junio de 2014. De la P a la Z y & del 25 al 30 de junio de 2014. 17 de Junio 2014 Impuesto sobre la Renta (ISR): presentación de pago provisional o mensual, correspondiente al mes de Mayo 2014 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): pago mensual definitivo Entero de impuestos retenidos a terceros: sólo aplica para agentes de retención de ISR, IVA o IEPS Impuesto al Valor Agregado (IVA): presentación de pago provisional o mensual, correspondiente al mes de Mayo 2014 Enterar los pagos definitivos por dividendos o utilidades Enterar los impuestos retenidos a terceros Pagos provisionales, definitivos y retenciones Entero de la retención por ingresos devengados que obtengan las personas físicas propietarias de los certificados de fideicomisos accionarios a que se refiere la Regla I.3.2.13. Entero de la retención que se efectúen de pagos por intereses. Entero de la retención por ingresos devengados que obtengan las personas físicas Información de las contraprestaciones o donativos recibidos en el mes inmediato anterior, en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuyo monto sea superior a 100,000 pesos. Precio de enajenación de cada producto (tabacos labrados), valor y volumen de los mismos, así como el peso total de tabacos labrados enajenados o, en su caso, total de cigarros enajenados. Información relativa a operaciones realizadas con partes relacionadas o donantes en el mes inmediato anterior. Lavado de Dinero El 17 de junio de 2014 deberá presentarse el aviso sobre las actividades vulnerables realizadas en mayo 2014. 29 de Junio 2013 Pago de PTU: Fecha límite para la entrega de la participación en las utilidades de las personas físicas que tengan empleados en su nómina. 30 de Junio 2013 Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT): límite para presentar la información sobre las operaciones con proveedores. Recuerde que es provisorio y las fechas pueden cambiar. Actualizaremos cuando el calendario oficial esté vigente.
SAT advierte sobre notificaciones apócrifas
Se trata de correos y avisos falsos sobre supuestas irregularidades fiscales México (Notimex).- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) alertó este lunes sobre la existencia de llamadas, comunicados, envío de mensajes por medio de cartas y correo electrónico que no pertenecen a esa dependencia ni a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). En su cuenta de Twitter, la dependencia señaló que las notificaciones apócrifas informan sobre supuestas irregularidades fiscales, devoluciones de saldo a favor o actualización de datos. Los mensajes, que en realidad son un intento de fraude, solicitan ingresar a un portal, el cual podría tratarse de un virus, así como llenar formularios con datos generales e información de tarjetas de crédito. El SAT puntualiza que no distribuye ningún tipo de software, no solicita ejecutar o guardar archivos ni requiere información personal, claves o contraseñas por correo electrónico. En ese sentido, se pide a la población que -de recibir algún mensaje con estas características- no se descargue ningún programa, ni se envíe información.
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