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1404, 2014

Saldo a favor en declaración anual de persona física 2013 ¿Cómo se solicitará?

abril 14th, 2014|Fiscal, Información|

Pasos a seguir para obtener la devolución del saldo a favor en la declaración anual de 2013. Las personas físicas que presenten su declaración anual ya sea por obligación o por así convenir a sus intereses, pueden generar ya sea un saldo a cargo o uno a favor. En el caso de saldo a favor, se puede optar por compensarlo contra otros impuestos o por solicitar su devolución. A continuación se comentan los puntos a considerar en caso de obtener saldo a favor en el ejercicio. Devolución y compensación De acuerdo con la Regla Miscelánea 2014 I.2.3.1, las personas físicas que determinen saldo a favor en su declaración del ejercicio darán a conocer a las autoridades fiscales la opción de que solicitan la devolución o efectúan la compensación de saldos a favor en el ISR, marcando el recuadro respectivo en el formato electrónico en el que se presenta la declaración. La opción elegida (devolución o compensación) no podrá variarse una vez que se haya señalado. Devoluciones automáticas El saldo a favor solicitado en devolución en la declaración anual se considerará en el Programa de Devoluciones Automáticas; es decir, no será necesario realizar ningún tipo de trámite para pedir el saldo, salvo que el contribuyente se ubique en alguno de los supuestos que se indican más adelante, o bien, que la autoridad encontrara alguna inconsistencia por la cual considere que la devolución no será procedente. Para ser sujeto del Programa de Devoluciones Automáticas, se debe presentar la declaración utilizando la FIEL, en todos los casos, se debe anotar la cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas a 18 dígitos 'CLABE', la cual deberá estar a nombre del contribuyente, así como la denominación de la institución de crédito a la que corresponda dicha cuenta, para que el importe autorizado en devolución sea depositado en la misma. No entran al Programa de Devoluciones Automáticas los contribuyentes que se indican a continuación: Quienes obtengan ingresos en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión. Cuando el saldo a favor por el cual se opte por solicitar devolución sea superior a $150,000. Por lo que estos contribuyentes deberán tramitar su devolución mediante el 'Formato Electrónico de Devoluciones' que se encuentra en la página del SAT, disponible en Mi portal, debiendo contar con su FIEL vigente.

1204, 2014

Tramita facturas desde tu PC con Windows 8

abril 12th, 2014|Herramientas, Información|

Gracias a la aplicación FACTURⓔ, podrás realizar el proceso de facturación de forma segura, rápida y desde cualquier lugar. Diseñada para las PyMES para  generar Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI´s) Ahora desde una PC, smartphone o tablet podrás expedir, cancelar y enviar por correo electrónico tus facturas, recibos de honorarios, de arrendamiento y notas de crédito de forma rápida y segura.  La aplicación cuenta con las mismas ventajas de la versión de escritorio anteriormente desarrollada por Aspel, como el timbrado ilimitado que garantiza la emisión de todos los comprobantes fiscales necesarios. “Sabemos que para los contribuyentes mexicanos es obligatorio adoptar los CFDI’s, es por eso que nos enfocamos en facilitar el proceso mediante una alianza con Microsoft. Este trabajo conjunto ha sido vital para el impulso de FACTURⓔ Móvil. Montar esta aplicación en la plataforma más robusta disponible, Windows 8, ofrece ventajas en beneficio de los usuarios.” Gilberto Sánchez, Director General de Aspel de México. FACTURⓔ Móvil cuenta con cuatro diseños predefinidos para la impresión de los comprobantes en diferentes tamaños y la posibilidad de dar de alta, modificar y eliminar clientes del catálogo del usuario, así como la exportación de consultas, búsqueda de clientes, entre otras capacidades. De igual manera, puede ser la opción de inicio para alguien que no use los productos de Aspel, ya que cuenta con un módulo de configuración que permite dar de alta en la aplicación al usuario y datos de su empresa. Adicionalmente, está preparado para configurar diferentes impuestos, de acuerdo con el giro de la empresa, como el IVA, ISR y un impuesto local configurable (trasladado o retenido), como el Impuesto de Hospedaje. Cuenta con dos modalidades de acceso Modo web: se puede ingresar a su interfaz por medio de las últimas versiones de los distintos navegadores de Internet. Modo móvil: su interfaz está diseñada para entrar por medio de una aplicación a las plataformas Windows 8 y todas las que utilizan los dispositivos móviles como tablets o smartphones, entre otros. “En Microsoft estamos muy complacidos de colaborar con compañías innovadoras. La aplicación de FACTURⓔ Móvil en conjunto con Aspel es una prueba más de cómo la tecnología logra crear soluciones que simplifiquen los procesos y que permitan que los usuarios, principalmente las PyMEs, tengan herramientas accesibles para poder cumplir sus necesidades y hacer crecer su negocio.” Gerardo Rojas, Gerente de producto Windows. http://www.techgames.com.mx/

904, 2014

Notificaciones por estrados del IMSS

abril 9th, 2014|Información, Noticias, Seguro Social|

Las notificaciones estarán publicadas en la página durante 15 días. Con fecha 9 de abril de 2014 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Aviso mediante el cual se da a conocer la página electrónica establecida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para efectuar las notificaciones por estrados. En el aviso se señala que derivado de las reformas al Código Fiscal de la Federación, vigentes a partir del 1 de enero de 2014, el artículo 139 del citado ordenamiento establece que las notificaciones por estrados se harán fijando durante quince días el documento que se pretenda notificar en un sitio abierto al público de las oficinas de la autoridad que efectúe la notificación y publicando además el documento citado, durante el mismo plazo, en la página electrónica que al efecto establezcan las autoridades fiscales. La página en cuestión es la ubicada en la dirección www.imss.gob.mx. No obstante lo anterior, a la fecha de publicación de esta nota no se identifica en la página indicada ningún apartado para tales efectos, por lo que probablemente próximamente se esté difundiendo más información sobre el particular por parte del Instituto. Este aviso entra en vigor el 10 de abril de 2014. El texto completo de este aviso se encuentra disponible en el módulo Legislación, en el apartado Avisos > Avisos IMSS.

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