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Este lunes, último día para que empresas declaren
Para cumplir con esta obligación se debe instalar el programa electrónico DEM 2013, desde el portal de internet del SAT El Servicio de Administración Tributaria (SAT) alertó a las personas morales que este lunes 31 de marzo es el último día para presentar la declaración anual del ejercicio 2013, por lo que les exhorta a cumplir con esta obligación. En un comunicado, la dependencia explicó el procedimiento para la presentación de esta declaración: Descargar e instalar el programa electrónico Declaración Anual de personas morales (DEM) 2013, desde el portal de internet del SAT Capturar la información a declarar en el formulario electrónico que corresponda según su régimen y generar el archivo de la declaración Enviar el archivo de la declaración al SAT. Una vez hecho esto, el SAT remitirá un acuse con sello digital que acredita que se recibió dicha declaración. En el caso que no le resulte impuesto a cargo, aquí concluye el cumplimiento de esta obligación Para enviar la declaración por Internet deben utilizar la Contraseña o la Firma Electrónica En caso de obtener saldo a cargo en la declaración anual, el pago debe realizarse por Internet mediante transferencia electrónica en el portal del banco autorizado, y debe señalarse el número de operación y fecha de presentación contenidos en el acuse de recibo electrónico La Firma Electrónica Avanzada de las personas morales tiene una vigencia de cuatro años y puede renovarse por Internet antes de su vencimiento
Vence el 31 de marzo plazo para factura electrónica
A partir del 1 de abril se deberán emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet El Servicio de Administración Tributaria (SAT) alerta a los contribuyentes con ingresos anuales de hasta 500,000 pesos, que el próximo lunes 31 de marzo vence el plazo que se dio para migrar a la factura electrónica. A partir del 1 de abril, los contribuyentes que utilizan el esquema de facturación anterior a 2011, denominado Comprobante Fiscal Digital o comprobantes impresos, deben migrar al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), apuntó el SAT en un comunicado. De igual manera, a partir del primer día de abril, todos los contribuyentes que pagan sueldos, salarios e ingresos asimilados (nómina) a sus trabajadores, deben de expedir CFDI por los pagos que realicen. La dependencia detalló que para facturar electrónicamente, a partir de este 2014, los contribuyentes tienen a su disposición las siguientes herramientas: Mis Cuentas, la cual permite a las personas físicas emitir facturas electrónicas en forma rápida y sencilla desde un celular o dispositivo móvil. Las facturas emitidas con la aplicación Mis cuentas son válidas y legítimas ante el SAT La herramienta de generación gratuita de CFDI disponible en el portal de internet del SAT Las versiones gratuitas de facturación que proveen los auxiliares de facturación autorizados (PAC’s), que pueden consultarse en el propio portal Recuerda que quienes en abril no hayan migrado a la factura electrónica pueden ser multados por la autoridad fiscal hasta con 69,000 pesos.
Página del SAT es un caos
Cumplir se ha convertido en un vía crucis para los contribuyentes La página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) está presentando diversos problemas debido a que algunas de sus secciones están en mantenimiento, además de que hay saturación de tráfico y solicitudes de servicios como la programación de citas. En ese tenor, debido a que el SAT realiza una actualización de sus sistemas informáticos, sigue sin funcionar la página de Internet para inscribirse en el RFC, así como para la presentación de avisos de actualización y consulta de información del mismo registro. En un comunicado, la dependencia explicó que los trámites operados por Internet, relativos al RFC (inscripción, avisos de actualización y consulta de su información), así como el servicio de aclaraciones, orientación fiscal, solicitudes, quejas y reconocimientos, estarán disponibles hasta el próximo lunes 31 de marzo. Cabe destacar que estos servicios del SAT dejaron de funcionar desde el pasado viernes 21 de marzo, lo que ha ocasionado que los contribuyentes no puedan presentar los avisos de actualización de obligaciones; suspensión o reanudación de actividades (personas físicas); compensación de saldos a favor, de acuerdo con el artículo 23 del CFF; e incorporación al RIF, que vence el 31 de marzo. Tampoco es posible presentar el aviso mediante el cual se manifiesta que un contribuyente optó por diferir la emisión de recibos de nómina por CFDI, que también vence el próximo lunes, además de que no se puede inscribir a los trabajadores al RFC. Una situación similar se presenta en la sección de la página que sirve para solicitar citas en las oficinas del SAT, pues ya no hay ningún lugar disponible para el mes de abril. No obstante, sí se puede programar una cita vía telefónica (01 800 46 36 728), aunque IDConline confirmó que el procedimiento por teléfono dura por lo menos veinte minutos. En el caso de que se requiera renovar la FIEL, incluso cuando ya pasó hasta un año de su vencimiento, el SAT permite que el trámite se realice sin necesidad de acudir a sus oficinas, siguiendo los pasos que se indican en esta sección de su página de Internet que sí funciona, aunque la velocidad del sitio es deficiente.
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